Disertan magistrados en la FDyCS sobre la nueva Ley de Amparo
Por Gerardo Suárez
La Facultad de Derecho y Ciencias Sociales (FDyCS) realizó el Seminario de Actualización “La nueva Ley de Amparo y las implicaciones de la reforma de 2025”, donde disertaron ante estudiantes, docentes y profesionales del derecho los magistrados Silvia Carrasco Corona, Ricardo Domínguez Carrillo y Alejandro Alfaro Rivera, el pasado 27 de noviembre en el auditorio de esta unidad académica.
Ricardo Tapia Vega, director de la FDyCS, dijo al inaugurar esta actividad, que este tipo de seminarios forman parte del compromiso con la actualización profesional y el análisis crítico de los cambios legislativos que transforman el sistema de justicia en México.
Durante su intervención, la magistrada Silvia Carrasco Corona destacó la trascendencia de la digitalización procesal prevista en la reforma, subrayando que, a partir de los cambios legislativos, las notificaciones electrónicas y la consulta diaria del expediente digital se vuelven obligatorias para autoridades y justiciables.
Señaló la importancia de que litigantes y operadores jurídicos comprendan a detalle las reglas diferenciadas de notificación -personal, por oficio, por lista y electrónica- debido al impacto que tienen en los plazos procesales.
Asimismo, explicó que dicha reforma busca una mayor agilización procesal, estableciendo plazos como los 90 días naturales para dictar sentencia de amparo y cinco días para notificar resoluciones, lo que pretende reducir la lentitud judicial. También abordó las nuevas reglas para la ampliación de demanda, ahora limitada a actos estrechamente relacionados con los señalados originalmente.
Por su parte, Ricardo Domínguez Carrillo, magistrado del Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Octavo Circuito, subrayó que los efectos reales de la reforma dependerán de su interpretación y aplicación por jueces y tribunales. Resaltó que existen temas sensibles -como la suspensión y el interés legítimo- que podrían representar ajustes o incluso retrocesos, aunque ello solo podrá evaluarse una vez que los criterios jurisdiccionales comiencen a consolidarse.
Enfatizó la relevancia de estos espacios académicos para que los futuros profesionistas del derecho comprendan los retos que las reformas generan y contribuyan, desde la argumentación jurídica, al fortalecimiento de los derechos de las personas.
Alejandro Alfaro Rivera, magistrado del Tribunal Colegiado en Materia Civil del mismo circuito, expuso las nuevas reglas de la suspensión del acto reclamado, destacando que el legislador introdujo parámetros más estrictos y una motivación reforzada basada en la apariencia del buen derecho, el orden público y el interés social.
Explicó que ciertos actos, como obras públicas de alto impacto, por ejemplo, infraestructura aeroportuaria, podrán quedar fuera de la posibilidad de suspensión cuando su paralización cause un perjuicio mayor a la colectividad que el que pudiera sufrir una persona en lo individual.
Afirmó que estas reformas no pueden calificarse aún como avance o retroceso, pues su eficacia dependerá de cómo sean aplicadas por los órganos jurisdiccionales.

Fotos: David Delgado.


